El Decreto 64/2006, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, regula la identificación, los censos municipales y el registro autonómico de los animales de compañía.
La Orden DRS/1271/2017, de 1 de septiembre, regula la vacunación antirrábica obligatoria de la especie canina en la Comunidad Autónoma de Aragón, y establece la documentación sanitaria para determinados animales de compañía.
El incumplimiento de lo dispuesto en esta normativa está previsto que se sancione de acuerdo con lo señalado en la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, y en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
Comprobado el Registro de Identificación de Animales de Compañía de Aragón (RIACA) usted figura como propietario de algún perro/s que incumple con la exigencia de vacunación antirrábica a la que obliga la normativa.
Por lo que se le informa que debe proceder a la vacunación del perro/s frente al virus de la rabia.
En caso de no ser actualmente el propietario del perro/s debe comunicar al RIACA la baja, bien sea por muerte o traslado de residencia a otra Comunidad Autónoma o país o el cambio de propietario si ha habido transferencia de la titularidad.
En caso de haberse realizado la vacunación de este animal en el plazo legalmente establecido pero en otra Comunidad o país, debe comunicarse esta circunstancia a RIACA
Tanto la vacunación como la comunicación de datos a RIACA debe realizarla a través de un veterinario colegiado en Aragón.
Se muestran debajo los datos de todos los animales activos que actualmente constan a su nombre y la fecha de última vacunación comunicada de cada uno.
Regularice a la mayor brevedad la situación de aquellos que incumplen la normativa de vacunación anual contra la rabia. De lo contrario, el Gobierno de Aragón podría iniciar un expediente.
Puede conservar el SMS recibido ya que el enlace en él incluido le servirá en el futuro para acceder de nuevo a esta página y comprobar la situación de los animales activos y a su nombre.